Opinión

¿Es necesaria una ley de falsas denuncias?

Foto: Dedvi Missene. Dedvi Missene

Hay varios proyectos de ley que buscan castigar las “denuncias falsas” de abuso sexual infantil. ¿Pero es necesario crear un nuevo delito? Lo que ocurre es que en contexto familiares, separaciones o conflictos a veces hay denuncias, y mientras se investigan, un niño o niña puede ser alejado de su padre o madre si se considera que hay peligro para el bienestar o indemnidad de un niño o niña. Según quienes proponen estas leyes, muchas de esas denuncias son falsas y dañan tanto al denunciado como al niño, por lo que hay que disuadirlas amenazando con duros castigos.

El criterio central para evaluar estos proyectos debe ser el interés superior del niño, que establece la Convención sobre los Derechos del Niño, y que en este caso obliga a resguardar dos derechos que pueden entrar en tensión: el derecho a una vida libre de violencia y el derecho a vivir en familia.

Al sistema judicial le corresponde proteger al niño o niña de abusos que muchas veces ocurren en su propia casa, a manos de quienes debían cuidarlo, y sancionar a los responsables. Frente a esa tarea, el proyecto del Senado, apoyado por el Ejecutivo con discusión inmediata crea un delito de denuncia falsa, que se castiga incluso con cárcel, con un procedimiento breve que puede partir de un archivo de la Fiscalía o de una prescripción, donde bastan “presunciones fundadas” para declarar falsa la denuncia. Se busca castigar a quien denunció pero no cambia las medidas cautelares que separan al niño de su padre o madre. Al niño lo consideran solo para subir la pena si hubo separación, y pueden citarlo a declarar en ese procedimiento, como medio de prueba y no como sujeto de derechos, y hacerle contar otra vez lo que vivió.

La amenaza de castigo recae sobrecualquiera que denuncie, no solo sobre quien miente. Quien miente sabe que miente. Quien dice la verdad no puede estar seguro de probarla, lo que ocurre siempre con la violencia sexual. Tres de cada cuatro de estas causas se archivan por falta de prueba, no por ser falsas, y menos del 1 % termina en absolución. Ni la absolución ni la prescripción prueban que quien denunció haya mentido. En Chile no hay estadísticas sobre denuncias falsas como indican quienes firman el proyecto de ley. Una revisión internacional de 47 estudios concluye que la denuncia falsa hecha a sabiendas ocurre raramente. Como la mayoría de quienes denuncian lo hace de buena fe, la disuasión se vuelve amedrentamiento, silenciamiento.

Según una encuesta de la UC, cerca del 40 % de quienes sufrieron abuso sexual antes de los 18 años nunca se lo ha contado a nadie. Ese silencio está hecho de miedo, vergüenza, culpa, dependencia del agresor, falta de apoyo y desconfianza. Basta saber que denunciar puede terminar en un juicio en su contra para que quien sufrió o conoce un abuso prefiera callar. ¿Hace falta, entonces, una ley así? No. La denuncia hecha a sabiendas existe y daña, y ya se castiga en el artículo 211 del Código Penal, con las garantías de un juicio penal. Proteger al niño en esa tensión exige investigar oportunamente, escuchándolo, y revisar las cautelares con audiencia y otras medidas. Se requiere un sistema construido desde su interés superior, con profesionales capacitados y jugados por los derechos de niños y niñas. Hay muchas formas de protegerlos mejor en conflictos familiares. Perseguir a quien denuncia no es una de ellas.

Por José Andrés Murillo, Fundación para la Confianza.

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