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Con Segall a la cabeza: Tribunal de Disciplina pide duro castigo contra Nicolás Monckeberg por infringir código de ética

El presidente de la Primera Sala, junto al resto de los integrantes, apuntan al director de Blanco y Negro por la defensa que realizó a Javier Correa tras sus dichos contra el árbitro Nicolás Gamboa. Además, presentaron una segunda denuncia contra Sebastián Pini.

Nicolás Monckeberg fue ministro del Trabajo y expresidente de la Cámara. Ahora, se suma a Blanco y Negro. Foto: Jonnathan Oyarzún/Aton. JONNATHAN OYARZUN/ATON CHILE

El Tribunal de Disciplina de la ANFP presentó una denuncia contra Nicolás Monckeberg, director de Blanco y Negro, por sus declaraciones tras la sanción de cuatro partidos que recibió Javier Correa que, posteriormente, fue rebajada a tres tras sus dichos contra el árbitro Nicolás Gamboa. Los integrantes de la Primera Sala sostienen que las expresiones de Monckeberg constituyen una infracción grave al Código de Ética de Dirigentes del Fútbol Profesional y piden al Tribunal de Honor que aplique la sanción más alta que contempla la normativa. La denuncia va firmada por Exequiel Segall, el presidente de la Primera Sala, junto al resto de los integrantes del órgano autónomo de la ANFP.

El conflicto se originó el 24 de junio, cuando la Primera Sala resolvió castigar a Correa luego de las declaraciones que realizó contra el árbitro Nicolás Gamboa tras el partido entre Huachipato y Colo Colo por la Copa de la Liga. “El árbitro hizo lo imposible para cobrar los offside, es una cosa increíble, siempre que nos toca, nos caga, nos manda al muere, siempre. (...) Tiene algo en contra de nosotros”, disparó el delantero albo.

Monckeberg cuestionó públicamente la resolución a través de su cuenta de X. “Lo de Javier Correa no es un castigo ejemplificador, es un castigo selectivo. A otros jugadores y técnicos les bastó pedir disculpas para quedar sin sanción. A Colo Colo le caen cuatro fechas. El mensaje es claro: en el fútbol chileno no todos son juzgados con la misma vara”, escribió el director de Blanco y Negro.

“El problema no es la sanción a Correa. El problema es la doble vara. Cuando la justicia se vuelve selectiva, deja de ser justicia y pasa a ser persecución”, agregó.

Esas dos publicaciones son el centro de la denuncia presentada contra el directivo. “Las expresiones no constituyen una crítica jurídica legítima ni un ejercicio regular del derecho a la defensa o a la libertad de opinión, sino imputaciones concretas y graves dirigidas a la honorabilidad e imparcialidad, contra un órgano jurisdiccional de la ANFP y, por extensión, contra quienes lo integramos”, señala el escrito.

Los integrantes del tribunal sostienen que Monckeberg tenía otras vías para cuestionar la decisión. Por su condición de director de Blanco y Negro, plantean, podía comparecer durante alguna de las dos audiencias realizadas por el caso y plantear sus reparos. También podía recurrir a la Segunda Sala mediante una apelación.

“Como consecuencia directa y previsible de dicha conducta, las imputaciones del señor Monckeberg fueron reproducidas profusamente por diversos medios de comunicación nacionales”, indica el documento. “Debe dejarse constancia expresa de que no existió injuria, agravio, descalificación ni trato impropio alguno por parte de los integrantes de la Primera Sala del Tribunal de Disciplina hacia el señor Monckeberg que pudiera explicar o provocar su conducta”, señalan.

“Tolerar este tipo de prácticas implicaría validar un estándar incompatible con la ética dirigencial, debilitando gravemente la institucionalidad que el propio ordenamiento busca proteger”, plantea la denuncia.

Nicolás Monckeberg.

La sanción que piden para Monckeberg

Los integrantes de la Primera Sala acusan a Monckeberg de infringir el artículo 8, letra b), número 2, del Código de Ética de Dirigentes del Fútbol Profesional. Esa norma sanciona a quien “injurie o agravie a algún dirigente o autoridad de la ANFP, miembro de sus cuerpos colegiados u otro dirigente de club, en actuaciones relacionadas con dichos cargos, sin que medie injuria o agravio de parte de éstos”.

La denuncia también menciona el artículo 5 del mismo código, que establece que las declaraciones públicas de los dirigentes “deberán ser objetivas y veraces”. La norma agrega que, si un dirigente tiene “cualquier interés personal en algún asunto en que actúen, deberán abstenerse de pronunciarse sobre el mismo o así declararlo”.

Los integrantes de la Primera Sala plantean que Monckeberg tenía un “interés directo”. Por ello, los denunciantes pidieron que, “atendida la gravedad de los hechos, sus circunstancias y el daño institucional causado”, se aplique a Monckeberg “la sanción más alta que resulte jurídicamente conforme a dicha norma”. Puede ir de seis meses a dos años.

También denuncian a Sebastián Pini

Los integrantes de la Primera Sala, con excepción de Exequiel Segall, también denunciaron ante el Tribunal de Honor a Sebastián Pini, presidente de Unión La Calera, por sus cuestionamientos al funcionamiento del organismo durante el caso que involucró a Cobresal y Everton a comienzos de temporada.

El conflicto se originó el 27 de febrero, cuando Pini envió un correo a 18 destinatarios, entre ellos funcionarios de la ANFP, abogados, dirigentes y miembros del Tribunal de Disciplina. “Al revisar las propiedades de los escritos de Cobresal y Everton, dan cuenta que se comenzaron a trabajar hoy a las 6:41 y 7:41. Es decir, ambos clubes tuvieron nuestra presentación antes que se las notificaran formalmente por el Tribunal, quien era el único que las tenía además de nuestro club”, señaló.

También puso en duda la inhabilitación de Segall, luego de que su correo apareciera copiado en una comunicación de Cobresal. “La gravedad de lo anterior es confirmatorio de la inexistencia de igualdad de las partes en el proceso y minan la imparcialidad e integridad que debe reinar en el mismo, tornándolo nulo a todos los efectos”, escribió Pini.

Sin embargo, según la denuncia presentada por los integrantes de la Primera Sala, los antecedentes utilizados por Pini fueron desmentidos por Everton y Cobresal. El abogado del cuadro minero, Javier Gasman, aparece como testigo y justifica el actuar de Segall, quien había sido incluido en copia por una práctica de envío utilizada por el tribunal. “En cuanto a la incorporación del Presidente del Tribunal en la comunicación, esta obedeció exclusivamente a una práctica de envío, con copia a su Presidente, Secretario y Secretaria Administrativa, a fin de asegurar su correcta recepción y puesta en conocimiento de todos sus integrantes”, señaló el abogado que representa a varios clubes del fútbol chileno.

Los denunciantes agregan que los metadatos de un PDF no permiten determinar si una persona tuvo acceso a un archivo. “La información que aportó el Sr. Pini al Tribunal no era veraz”, sostiene el escrito.

Los integrantes de la Primera Sala acusan a Pini de infringir los números 2 y 4 de la letra b) del artículo 8 del Código de Ética. El primero sanciona las injurias contra integrantes de cuerpos colegiados de la ANFP y el segundo las “manifestaciones falsas ante la ANFP o cualquiera de sus cuerpos colegiados, sea como testigo o aportando documentos falsos o adulterados”. La denuncia también solicita para Pini la sanción más alta. Es decir, una suspensión de seis meses a dos años.

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