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Proyecto de ley que crea un régimen penitenciario de seguridad especial evitaría reveses en Plan Cancerbero sin tocar la Constitución

Pese a que el gobierno insiste en que su reforma constitucional es indispensable para evitar lo que pasó con los cuatro imputados del Clan Chen, hay otras formas de lograr el mismo objetivo. En el Senado duerme un proyecto de ley, ya aprobado en general y con indicaciones, que acota la discrecionalidad de los jueces. El senador Walker también tiene una moción similar.

Un golpe al plan del gobierno dio el pasado lunes 24 de agosto el Juzgado de Garantía de Iquique luego de que revirtiera el traslado a la cárcel La Laguna de cuatro imputados chinos que son integrantes del clan Chen.

El tribunal acogió una cautela de garantías presentada por la defensa de los imputados chinos, determinando -entre otras cosas- que no existían fundamentos para haber trasladado a los imputados desde la Región de Tarapacá al Maule.

La decisión del tribunal fue cuestionada por el gobierno, apuntando que, precisamente, por razones como esa se debía avanzar en la reforma constitucional para evitar que los tribunales muevan a los reos en contra de la segregación de Gendarmería.

“Dentro de los puntos que buscamos en la reforma de seguridad es tener un listado de organizaciones criminales y blindar el sistema penitenciario en cuanto a que las normas penitenciarias para estas personas condenadas por crimen organizado de terrorismo sean duras y sean irreversibles”, afirmó este miércoles el ministro de Seguridad, Martín Arrau.

La cuestionada propuesta del Ministerio de Seguridad busca consagrar constitucionalmente que Gendarmería podrá disponer de un régimen penitenciario diferenciado para el crimen organizado, lo que ha levantado reparos transversales. En general, los especialistas y parlamentarios han planteado que aquello se puede regular por ley sin necesidad de modificar la Carta Fundamental.

El proyecto de Boric

Sin embargo, el camino constitucional que quiere iniciar Arrau no es la única manera para evitar más reveses al Plan Cancerbero. Hay otras maneras de lograr ese mismo objetivo, y por eso en el Congreso miran con interés un proyecto de ley que ingresó la administración del expresidente Gabriel Boric. Durante dicho gobierno, específicamente el 30 de julio del 2024, el Ministerio de Justicia ingresó un proyecto de reforma a Gendarmería.

La iniciativa, que fue aprobada en general en el Senado el 23 de julio del año pasado, propone una serie de cambios a la institución penitenciaria en materia de crimen organizado. Lo primero, es la creación del Departamento de Seguridad Especial, en la que participarán funcionarios especializados en la materia, asignaciones económicas a quienes trabajen en esas unidades, protección y anonimato de quienes se desempeñen en trabajo con reos de alta peligrosidad y también se decretará el secreto de las compras.

Pero además de todo aquello, la normativa ingresada por el entonces ministro de Justicia Luis Cordero proponía crear -por ley- un régimen segmentado de los reclusos, específicamente con la creación de un régimen de seguridad especial. Según se lee en el mensaje, el objetivo es que Gendarmería pueda contar con recintos con mayores medidas de vigilancia y control enfocado a internos de alta peligrosidad.

La normativa propuesta, de aprobarse, evitaría que un tribunal revierta los traslados de reclusos. Primero, dado que el rango normativo por el que se determinarían los traslados al ser por ley correspondería a un grado mayor al de un reglamento o decreto supremo, como opera actualmente, y segundo porque el proyecto también estipula un estándar y deber de comunicación a los tribunales.

Según quienes conocieron de la discusión de dicho proyecto, plantean que el mensaje sigue el camino de otras experiencias comparadas, como el 41 bis de Italia, que regula los regímenes penitenciarios de las mafias; las normas de España para los de ETA, o en Reino Unido, para el terrorismo. En esa línea, se plantea que a pesar de que se busca tener mayor control sobre los regímenes penitenciarios, esto no supone la supresión del control judicial respecto a los reclusos, algo que ocurre únicamente en países como El Salvador.

El estándar de la propuesta, así como también la comunicación que se planteaba al tribunal, fija específicamente el ámbito en el que el magistrado podría tener un control, acotando su discrecionalidad.

Un proyecto en espera

Desde su ingreso, y aprobación en general, el proyecto que busca crear un régimen de mayor seguridad para el crimen organizado permanece en la Comisión de Hacienda en el Senado.

En la Cámara Alta, el proyecto recibió en agosto del año pasado el informe favorable del Ministerio de Hacienda comunicando que la aplicación de esta normativa no implicaría mayor gasto fiscal. Además, en octubre del año pasado el mismo Senado solicitó un informe a la Corte Suprema para que se refiriera a un artículo que se sumó al proyecto.

Dicho artículo plantea, explícitamente la prohibición de que un juez pueda modificar las medidas judiciales de un recluso: “Las categorías del régimen de seguridad especial y los subregímenes conforman un todo junto a las respectivas medidas de seguridad aplicables, las restricciones a las visitas y comunicaciones con terceros y las actividades de reinserción social de las que podrán participar, las que no podrán ser dejadas sin efecto de manera aislada por el juez”.

Pese a esto, hasta ahora no existe una respuesta del máximo tribunal. La última novedad respecto a la normativa fue ingresada el 3 de marzo de este año. Días antes de dejar el gobierno, la administración de Boric le puso urgencia simple. Desde entonces no tuvo más avances.

Este mensaje no es el único que explora el camino legal para evitar que los jueces frustren el traslado de reos. El senador Matías Walker (Independiente) también presentó un proyecto de ley que va en la misma línea.

Walker, de hecho, expuso ese proyecto -firmado también por la exsenadora Ximena Rincón y el senador Luciano Cruz-Coke (Evópoli)- ante el ministro Arrau en una reunión este martes. “Este es un proyecto que, a nuestro juicio, resuelve el problema. No es necesaria una reforma constitucional. Lo que falta hoy día es una fuente legal para tener un sistema de cumplimiento diferenciado de condenas”, plantea el senador Walker.

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