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Caída de fondos D y E: regulador inicia inédito procedimiento sancionatorio a las siete AFP por su eventual responsabilidad

La Superintendencia de Pensiones informó que, tras concluir todas las acciones de fiscalización respecto de las pérdidas de valor que han afectado a estos fondos de pensiones, decidió iniciar un proceso sancionatorio. Acá los detalles sobre lo que hay detrás de esa decisión.

Caída de fondos D y E: regulador inicia procedimiento sancionatorio a las siete AFP por su eventual responsabilidad MARIO TELLEZ

La Superintendencia de Pensiones informó que, tras concluir todas las acciones de fiscalización respecto de las pérdidas de valor que han afectado particularmente a los fondos de pensiones D y E, decidió iniciar un inédito proceso sancionatorio a cada una de las siete AFP -Capital, Provida, Habitat, Cuprum, Planvital, Uno, y Modelo- por su eventual responsabilidad en las decisiones de inversión adoptadas.

Esto ocurre en un contexto en que el Fondo E de las AFP ha estado en el ojo del huracán tras registrar una baja de 4,92% en septiembre, acumulando en el año un desplome de 10,39% en términos reales. Y si bien en lo que va de este mes ha ido recuperando algo de terreno, registrando un alza de 2,11% real desde el cierre de septiembre y al 18 de octubre, lo cierto es que la polémica parece lejos de acabar.

Este pronunciado descenso se produjo en medio del incremento de las tasas de interés de Estados Unidos, lo que golpeó las inversiones de renta fija de las AFP y de todo el mundo. Pero hay un factor específico que es el que ha generado el cuestionamiento principal a las administradoras: parte de la caída del fondo E se explica por la elevada exposición a derivados que tomaron las administradoras en el último tiempo, en particular a través de swaps de tasas de interés en Estados Unidos, lo que alargó la duración de sus carteras más allá de lo requerido para calzarse con una renta vitalicia.

El ministro de Hacienda, Jorge Quiroz, se refirió al anuncio del regulador, y dijo que esta es una “acción que respaldamos plenamente desde el gobierno y esperamos que esa investigación se conduzca con la seguridad que corresponde”. Además, explicó que las “AFP van a ser objeto de una investigación sancionadora, para ver si se están o no cumpliendo el deber de debida diligencia cuando se manejan fondos de terceros de todos los chilenos”.

Los argumentos de la superintendencia

Generalmente, cuando la superintendencia inicia un procedimiento sancionatorio, lo hace bajo reserva, pero sí ha habido excepciones en el pasado, cuando se han producido casos de relevancia pública, en cuyo caso el regulador ha decidido hacer anuncios sobre el proceso que está impulsando. Eso ocurrió, por ejemplo, durante el Caso Cascadas, donde también hizo un anuncio de esa naturaleza.

El procedimiento habitual que sigue el regulador, contempla primero hacer una investigación, que eventualmente puede o no conducir a un proceso sancionatorio. Si ocurre esto último, como es el caso actual, significa que tiene una opinión informada de que podría haber una eventual infracción, en cuyo caso, a continuación la superintendencia cita a declarar a diversos ejecutivos y solicita información adicional.

Luego, en caso de estimarlo conveniente, formula cargos. Quienes estén bajo esa situación, pueden efectuar sus descargos. Y una vez que eso ocurre, el regulador determina si aplica o no una sanción. Recién ahí es cuando habitualmente se hace público todo el proceso, en caso de aplicar una sanción, algo que en esta ocasión se conoció de manera anticipada.

Mediante un comunicado la superintendencia ahondó en los fundamentos que hay detrás de este anuncio. “La decisión adoptada por el organismo regulador se sustenta en la necesidad de investigar si las siete AFP del sistema habrían incumplido o no el deber de lealtad y diligencia establecido en el artículo 147 del DL 3.500, de 1980, y lo dispuesto en la Norma de Carácter General (NCG) N° 340, del 18 de julio de 2025″, explicó. No hay un plazo establecido para la investigación.

El artículo 147 del DL 3.500 establece que las AFP “deberán efectuar todas las gestiones que sean necesarias, para cautelar la obtención de una adecuada rentabilidad y seguridad en las inversiones de los Fondos que administran. En cumplimiento de sus funciones, atenderán exclusivamente al interés de los Fondos y asegurarán que todas las operaciones de adquisición y enajenación de títulos de recursos de los mismos, se realicen con dicho objetivo”.

En paralelo, el regulador explicó que la NCG N° 340 “unificó la regulación existente en la materia e introdujo un nuevo capítulo sobre Deberes Fiduciarios de las administradoras en el Compendio de Normas del Sistema de Pensiones, definiéndolo como el deber de conducta que recae sobre las personas que administran o cautelan intereses ajenos, ya sea que provengan de una relación de confianza o en virtud de un deber especial fijado por la ley”.

En ese sentido, la superintendencia sostuvo que “ahí se dispone que las AFP tienen explícitamente deberes de cuidado y destreza que tendrán que cumplir para la gestión de recursos de propiedad de las y los afiliados y entre las responsabilidades que se regulan ahí se encuentran el resguardo de los fondos de pensiones, detectar y evitar los conflictos de interés e incorporar estándares de diligencia como aspectos claves en su quehacer”.

Ministerio del Trabajo entra al debate

En días anteriores personeros de gobierno se había referido a la polémica que generó la caída del fondo E, pero este martes salieron a hablar ministerios que hasta ahora no se habían pronunciado. Ese fue el caso del ministro de Hacienda; y luego también del ministro del Trabajo, Tomás Rau. La Superintendencia de Pensiones es un órgano autónomo dependiente de dicha cartera.

A través de un comunicado, el ministro del Trabajo dijo que el pasado lunes presentó un oficio a la Superintendencia de Pensiones, órgano autónomo dependiente del ministerio del Trabajo, para que le entregue los antecedentes respecto al caso.

El ministerio sostuvo que solicitó al organismo fiscalizador remitir “con máxima celeridad” los antecedentes disponibles sobre la caída de 10,39% en la rentabilidad acumulada del Fondo E, así como información sobre las acciones adoptadas o en evaluación para resguardar los intereses de los afiliados". Para esto, se estableció un plazo de cinco días hábiles desde la recepción del oficio.

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